Elegir software

Guía para empresas · Revisada el 13/10/2026

VERI*FACTU para pymes: adapta la facturación sin cambiar de ERP a ciegas

Una pyme puede facturar desde un ERP, un TPV y una tienda online al mismo tiempo. Lo decisivo es saber qué sistemas emiten las facturas, si te afecta el RRSIF y cómo probar el circuito completo antes de elegir un proveedor.

Información revisada con fuentes oficiales. No sustituye asesoramiento tributario individual.

¿Qué pymes tienen que adaptar la facturación?

El Reglamento de requisitos de los sistemas informáticos de facturación (RRSIF), aprobado por el Real Decreto 1007/2023, regula los sistemas usados para expedir facturas. No obliga a contratar un software concreto ni equivale a la factura electrónica B2B. La AEAT fija, para las entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades afectadas, el plazo de adaptación antes del 1 de enero de 2027. Para los demás obligados afectados es antes del 1 de julio de 2027.

Comprobar el ámbito

Sociedad con software de facturación

Si está sujeta al Impuesto sobre Sociedades y cumple el resto de requisitos del ámbito, debe preparar su sistema para enero de 2027.

Exclusión relevante

Empresa adscrita al SII

El RRSIF no se aplica a la facturación propia de quienes están sometidos al Suministro Inmediato de Información. El programa sí debe cubrir el SII.

Supuestos especiales

Facturación manual o normativa foral

Si todas las facturas se emiten sin SIF, o la fiscalidad se rige por una hacienda foral, el análisis es distinto. Confirma las condiciones exactas.

AEAT: regla de los cuatro «NO», exclusiones y calendario ↗

El error más habitual: adaptar un programa y olvidar otro

Una empresa puede facturar en varios lugares. El informe de su proveedor principal no sustituye una revisión de todos los puntos donde se expiden facturas o facturas simplificadas. Haz un inventario con versión, responsable y numeración de series.

Dónde se facturaQué revisarPrueba útil
ERP / gestión comercialSeries, abonos, rectificaciones y declaración responsable de la versión.Emitir y rectificar una factura realista sin alterar la original.
TPV y establecimientosTickets que sean facturas simplificadas, conexión y cierres de caja.Emitir ticket, duplicado y rectificación; comprobar el QR.
Tienda onlineQué módulo genera la factura fiscal, no solo el justificante del pedido.Pedido, devolución y factura con una pasarela de pago.
CRM o herramienta externaSi solo prepara presupuestos o si también emite facturas.Trazar de presupuesto a factura sin duplicar números.
Asesoría o proveedor de facturasResponsabilidades por emisión delegada y acceso al histórico.Verificar versión y continuidad si cambia la asesoría.
Multiempresa / varias sedesSeparación de NIF, series y permisos entre empresas.Probar una serie por entidad y restringir el acceso.

Un justificante de pago no es automáticamente una factura. No toda aplicación del negocio es un SIF: importa si se utiliza para expedir facturas.

Plan de adaptación en seis pasos

  1. Clasifica la obligación: revisa SII, fiscalidad foral, tributación y fecha aplicable con la asesoría.
  2. Localiza todos los emisores: ERP, TPV, plataforma web, herramientas departamentales y facturación subcontratada.
  3. Pide declaración responsable: para la versión específica del software, emitida por el productor. No existe una homologación previa individual de la AEAT.
  4. Elige modalidad válida: VERI*FACTU remite registros; NO VERI*FACTU exige medidas técnicas adicionales, incluida firma y registro de eventos.
  5. Prueba con casos reales: facturas ordinarias y simplificadas, devoluciones, incidencias, QR, usuarios y conectividad.
  6. Documenta el corte: copias, exportaciones, permisos, soporte, responsables, formación y plan de reversión antes de producción.

Registra quién autoriza correcciones y cómo se concilian los cobros. Un cambio de ERP completo no es siempre necesario: puede bastar una actualización soportada de los módulos emisores.

Ocho preguntas que debes hacer al proveedor

  • ¿Cuál es la versión exacta adaptada y dónde se consulta su declaración responsable?
  • ¿El sistema funciona en VERI*FACTU, en ambos modos o tiene restricciones contractuales?
  • ¿Cómo gestiona incidencias de conexión y reintenta remisiones sin crear facturas duplicadas?
  • ¿Soporta facturas simplificadas, rectificaciones, anulaciones y varias series?
  • ¿Cómo se imprimen o visualizan QR y leyendas según la modalidad?
  • ¿Qué ocurre con la trazabilidad si se integra un TPV, un ecommerce o una API?
  • ¿Cómo se extraen histórico, clientes, facturas y evidencias para migrar?
  • ¿Qué costes reales cubren actualización, implantación, formación y mantenimiento?

El criterio de compra debe incluir pruebas reproducibles, no solo una casilla comercial de «adaptado».

VERI*FACTU frente a NO VERI*FACTU en una pyme

PreguntaVERI*FACTUNO VERI*FACTU
¿Remite registros a la AEAT?Sí, inmediatamente tras generarlos.No hay remisión sistemática inmediata.
¿El QR es obligatorio en facturas afectadas?Sí. Permite cotejar el registro remitido.Sí. Permite comunicar información del documento.
¿Hay registro de eventos específico?No se exige el registro adicional propio de NO VERI*FACTU.Sí, con los requisitos reglamentarios.
¿Necesita firma del registro?No la firma adicional exigida al modo no verificable.Sí, en los términos técnicos previstos.
¿Es una solución autorizada?Sí.Sí; no significa incumplimiento.

AEAT: ambos modelos de cumplimiento ↗

Diagnóstico rápido: prepara la revisión de tu pyme

Este orientador prepara un plan de verificación para tu escenario. No decide por sí mismo si existe obligación fiscal. Funciona íntegramente en tu navegador.

No se transmiten respuestas ni datos personales. Si compartes el TXT, revísalo antes.

Preguntas frecuentes

¿Todas las sociedades tienen que cambiar de programa?

No necesariamente. La adaptación depende de si el RRSIF les resulta aplicable y de si su versión actual cumple. Una actualización soportada puede ser suficiente.

¿Hasta cuándo tiene una sociedad sujeta al Impuesto sobre Sociedades?

Los sistemas de los contribuyentes afectados deben estar adaptados antes del 1 de enero de 2027, según la AEAT.

¿Y si nuestra empresa está en el SII?

Quienes están adscritos al SII quedan excluidos del RRSIF respecto a sus propias facturas. Deben cumplir las obligaciones específicas del SII.

¿Un TPV que imprime tickets está afectado?

Si expide facturas simplificadas con un SIF y concurren los demás requisitos del ámbito, sí. Un mero justificante que no sea factura no es equivalente.

¿Qué ocurre si usamos varias series y sucursales?

Hay que probar en cada sistema emisor los identificadores, series, permisos, registros y rectificaciones sin mezclar contribuyentes.

¿Hay que elegir obligatoriamente VERI*FACTU?

No. El reglamento permite VERI*FACTU y NO VERI*FACTU, con exigencias técnicas distintas.

¿Está homologado el software por la AEAT?

No existe un registro u homologación previa individual. El productor realiza una declaración responsable para el producto y versión.

¿Factura electrónica B2B y VERI*FACTU son lo mismo?

No. Son marcos diferentes; una misma empresa puede necesitar analizar ambos.

Fuentes oficiales y revisión editorial

Revisión documental: 13 de octubre de 2026. Las respuestas se han contrastado con información de la AEAT y normativa estatal. Los supuestos especiales deben verificarse con la asesoría y la administración correspondiente.

Sofelyx es independiente de la AEAT. Guía informativa; no constituye asesoramiento fiscal individual ni una certificación de software.

Qué hacer ahora

Empieza por identificar dónde se expiden realmente tus facturas. Con ese inventario podrás pedir demostraciones y presupuestos comparables sin pagar por una migración innecesaria.

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